(Arquitecta especializada
en Arquitectura Pericial
Los propietarios de un inmueble se sienten
amenazados cuando en el predio vecino comienza una obra.
Después de realizada la demolición y
comenzada la escavación para las fundaciones, cada vez que
pasan delante de la obra en construcción y ven su pared al
descubierto se repiten una y otra vez que deberán pagarles
el uso de la medianera.
Es habitual escuchar que los vecinos
a una construcción repitan esta frase, tal vez sin saber que
la mima responde a lo normado en nuestro Código Civil en el
artículo 2736: "Todo propietario cuya finca linda inmediatamente
con una pared o muro no medianero, tiene la facultad de adquirir
la medianería en toda la extensión de la pared, o sólo en
la parte que alcance a tener la finca de su propiedad hasta
la altura de las paredes divisorias, reembolsando la mitad
del valor de la pared, como esté construida, o de la porción
de que adquiera medianería, como también la mitad del valor
del suelo sobre que se ha asentado; pero no podrá limitar
la adquisición a sólo una porción del espesor de la pared.
Si sólo quisiere adquirir la porción de la altura que deben
tener las paredes divisorias, está obligado a pagar el valor
de la pared desde sus cimientos.
[El valor computable de la medianería
será l de la fecha de la demanda o constitución en mora]".
Generalmente suele llamarse medianera
a todos los muros divisorios, cuando en realidad según sus
características se los identifica como privativos (aquellos
construidos por uno de los linderos a su costa), en condominio
desde antigua data (aquellos a los que se les puede comprobar
dicho condominio por la presencia de signos materiales) etc.
La división de parcelas registrada en
catastro está dada por una línea imaginaria virtual, llamada
eje divisorio de predios; cuando este eje es coincidente con
el eje del muro, se dice que el mismo se encuentra encaballado
en ambos terrenos.
Para la liquidación de medianera se utiliza
una fórmula que dará como resultado el valor del muro a la
fecha de dicha liquidación.
Los componentes de la misma son la edad
del muro, la construcción, el uso de materiales y el porcentaje
de depreciación. Para obtener el porcentaje pueden utilizarse
diferentes criterios como son el de ROSS, HEIDECK, MASSELIN,
entre otros.
La realización de la liquidación puede
ser encomendada a un profesional arquitecto, o ingeniero.
Los honorarios de los mismos deberán ser abonados por quien
encomienda el trabajo.